Durante la Décima Primera Sesión del Primer Período Ordinario del Congreso del Estado, el Diputado de morena, Francisco Cortez, presentó una Iniciativa con proyecto de decreto, para reformar los párrafos primero y segundo del artículo 11 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, a fin de actualizar el nombre del anteriormente denominado Instituto Electoral y de Participación Ciudadana Coahuila, para quedar de la siguiente manera:
ARTÍCULO 11.- El Instituto Electoral de Coahuila enviará al Congreso del Estado copias certificadas de los documentos en los que se haga constar la declaración de validez de la elección de diputados y diputadas, así como la información relativa a quienes hayan sido electos para integrar la siguiente legislatura; acompañándose, asimismo, copias certificadas de las notificaciones de las sentencias definitivas que emita el órgano jurisdiccional electoral sobre la respectiva elección.
Conforme a la información proporcionada por el Instituto Electoral de Coahuila, el Congreso del Estado hará el registro correspondiente y elaborará la lista de las y los diputados electos para integrar la siguiente Legislatura.
El presidente de la Mesa Directiva, informó que una de las tareas fundamentales del Poder Legislativo consiste, desde luego, en procurar que las leyes respondan oportunamente a las circunstancias de una sociedad en constante evolución.
“El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila surgió a partir de una reforma político electoral que tuvo lugar en nuestro Estado en 2001; fue entonces cuando la correspondiente reforma a la Constitución Política del Estado otorgó a dicha institución el carácter de autoridad en las materias electoral y de participación ciudadana, facultades que aún conserva, pero adaptadas a un nuevo contexto legal, social y político-electoral” expuso.
En ese sentido, el legislador de morena, señaló que entre las atribuciones bajo las cuales fue concebido el organismo mencionado anteriormente, destaca el tener a su cargo, en materia electoral, la preparación, organización, desarrollo, vigilancia y validez de los procesos electorales que correspondan a esta Entidad.
“Al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila le tocaba preparar, organizar, desarrollar, vigilar y validar los procedimientos de plebiscito y del referendo, así como validar el porcentaje ciudadano de la iniciativa popular. Pero a partir de que esta entidad pasó a denominarse Instituto Electoral de Coahuila, hace más de tres lustros, sus funciones sufrieron una serie adecuaciones, en razón de las exigencias de los nuevos tiempos” manifestó.
Cortez Gómez, dio a conocer que al comparar los conceptos, atribuciones y responsabilidades que anteriormente tenía el organismo respecto de las que ahora se especifican en su marco jurídico, se encuentra que, aunque aparentemente se trata de la misma institución, las funciones que tenía antes de que cambiara de nombre corresponden a una etapa determinada, mientras que el IEC, como ahora se llama, pretende actuar en función del nuevo contexto político-electoral y de su actual andamiaje legal.
“No es lo mismo, pues, referirnos al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila, que al Instituto Electoral de Coahuila. En virtud de que, uno y otro nombre responden a etapas diferentes de la vida política del Estado, obviamente, entre ambos organismos hay contrastes que plantean la posibilidad de incurrir en ambigüedades o falta de certeza en la aplicación de la legislación electoral vigente e incluso de la propia Ley Orgánica de este Poder Legislativo” Finalizó.