Durante la Décima Octava Sesión del Primer Período del Congreso del Estado de Coahuila, la Diputada de MORENA Teresa Meraz, presentó una Iniciativa con proyecto de decreto para reformar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Coahuila, con el fin de armonizarla con la Ley General Vigente en México.
La Legisladora de morena, enfatizó que mucho se ha hablado de violencia hacia las mujeres, por lo que se han dado grandes avances y se ha concientizado en proporcionar los medios jurídicos para que dicha violencia no llegue a finales fatales.
“En este camino creo que la violencia de la cual hoy trata nuestra iniciativa es una de las más peligrosas, porque es silenciosa y va directamente al menosprecio y destrucción de la voluntad de las mujeres. Para entrar en el tema mencionaré al sociólogo francés Pierre Bourdieu quien establece en la década de los setenta, el término violencia simbólica, describiéndola como aquella violencia que no utiliza la fuerza física, sino la imposición del poder y la autoridad. La violencia simbólica es la base de todos los tipos de violencia; a través de las costumbres, tradiciones y prácticas cotidianas se refuerzan y reproducen las relaciones basadas en el dominio y la sumisión” informó.
En ese sentido, Meraz García hizo énfasis también en otro tipo de violencia: La mediática, la cual es producida por los medios masivos de comunicación a través de publicaciones, difusión de mensajes e imágenes estereotipados, que promueven la explotación de mujeres o sus imágenes, o que injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mismas.
“Muchos estudios académicos y de organizaciones a favor de los derechos humanos reconocen la existencia de la violencia simbólica, al promover la construcción de estereotipos, mediante el uso de imágenes, mensajes, valores, íconos o signos, que vienen a transmitir y reproducir condiciones de desigualdad sustantiva, discriminación y denigración contra las mujeres” manifestó.
En virtud de lo anteriormente expuesto, la Diputada Teresa Meraz puso a consideración del Pleno del Congreso del Estado de Coahuila el siguiente proyecto de decreto por el que se agrega la fracción XIII recorriéndose la ulterior del artículo 8, se agrega la fracción VI al artículo 9 y se agrega un artículo 28 ter a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Coahuila de Zaragoza, para quedar de la siguiente manera:
ACTUAL | NUEVA |
Artículo 8. Los tipos de violencia contra las mujeres son: I al XIII | Artículo 8. Los tipos de violencia contra las mujeres son: I a la XII XIII. Violencia Simbólica: Todo acto que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos, transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales y culturales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad. |
Artículo 9. Las modalidades de la violencia contra las mujeres son: I al V….. | Artículo 9. Las modalidades de la violencia contra las mujeres son: I a la V…. VI. Violencia en la comunidad: Son los actos individuales o colectivos que transgreden o menoscaban los derechos fundamentales de las mujeres, sobre todo aquellas de origen indígena o afromexicano; propiciando su denigración, discriminación, marginación o exclusión en cualquier ámbito. El desprecio y la burla por lo que es o hace la mujer; el temor o la desconfianza, y la justificación de la subordinación femenina. |
Artículo 28 Bis | Artículo 28 Bis Artículo 28 ter En este caso de Violencia Simbólica se deberá identificar plenamente al proveedor de servicios en línea a cargo de la administración del sistema informático, sitio o plataforma de Internet en donde se encuentre alojado el contenido y la localización precisa del contenido en Internet, señalando el Localizador Uniforme de Recursos. |