Las construcciones de desarrollos urbanos o fraccionamientos, deberán destinar al menos un 10% del espacio del suelo o de la construcción para áreas verdes.
Proyectos que priorizan la sostenibilidad y la calidad de vida deberían superar el 20% del terreno, integrando parques, jardines, azoteas verdes y áreas recreativas.
Tienen que servir tanto para recreación como para regulación climática, filtrado de aire y absorción de agua pluvial.